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Empadrónate

​​Reglamento​

​​Las normas y procedimientos que establece el Reglamento de Empadronamiento están orientados y dirigidos, principalmente, a los encargados de validar los datos referidos a Proveedores, faenas, y relaciones proveedor- faena.​

 

​Empadronamiento Minero

​Toda persona natural o jurídica asociada a una mina o planta de beneficio e interesada en comercializar sus minerales y/o productos mineros a ENAMI.

​¿Quién puede empadronarse?

​Toda persona natural o jurídica asociada a una mina o planta de beneficio e interesada en comercializar sus minerales y/o productos mineros a ENAMI.

​¿Dónde puedo presentar los documentos para empadronarme?

​En cualquier agencia de compra u oficina minera de ENAMI más cercana, a su faena.

​¿Cómo puedo Empadronarme?

​Tener mina constituida y con proyecto de explotación aprobado por Sernageomin o declaración jurada del minero que señale que han transcurrido 60 días y no ha habido objeciones por parte del Sernageomin.

Presentar documentos legales, de acuerdo a: si requiere empadronar mina o planta, si es persona natural o jurídica, si es propietario o arrendatario. (ver principales documentos legales).

  • Procedimiento de Empadronamiento Minero
  • Entrega de solicitud de empadronamiento minero.
  • Revisión de antecedentes requeridos.
  • Revisión legal
  • Revisión crediticia
  • Visita técnica: Ubicación y acceso de la faena individualización del propietario y faena Estado de la faena e instalaciones características del yacimiento (mina) características del mineral o producto mano de obra antecedentes de producción antecedentes de reserva de mineral y metalúrgica inventario de equipos mineros inversiones existentes y/o un proyecto.
  • Otorgamiento – Rechazo
  • Vigencia de Padrón otorgado

Lugares donde entregar documentos para Empadronarse

Principales Documentos Legales Requeridos

​El empadronamiento de proveedores Mineros conlleva a cautelar que los productos que ENAMI adquiere sean de una legítima procedencia y evita la compra a quienes carecen de derecho o de título suficiente para enajenar los productos objeto del negocio, conforme lo establece la ley minera.

Contactos

Enrique Mac Iver 459, Santiago

(56-2) 24355000


Colipí 260, Copiapó.

(56-52) 2536199

Requerimientos y consultas generales en oficinadepartes@enami.cl

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